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Dominio Limitado del inglés 

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Dominio Limitado del Inglés

  1. ¿Quién es un individuo con Dominio Limitado del Inglés (LEP, por sus siglas en inglés)?
  2. ¿Puedo obtener los servicios de un intérprete?
  3. Si tengo que presentarme al tribunal, ¿cómo puedo solicitar los servicios de un intérprete?
  4. ¿Tengo que pagar los servicios de un intérprete jurídico?
  5. ¿Me puede servir como intérprete un amigo o un miembro de mi familia?
  6. ¿Es el idioma español el único idioma que está disponible?
  7. Yo no hablo inglés muy bien. ¿Dónde puedo recibir ayuda para llenar un formulario?
  8. ¿Existen documentos disponibles en otros idiomas, a parte del inglés?
  9. ¿Con quién me puedo comunicar si soy un individuo con dominio limitado del inglés y tengo preguntas sobre mi caso?
  10. ¿Qué puedo hacer para que se me facilite un ajuste razonable si soy una persona discapacitada y tengo dominio limitado del inglés?

1. ¿Quién es un individuo con Dominio Limitado del Inglés (LEP, por sus siglas en inglés)? Se pueden considerar como individuos con dominio limitado del inglés o “LEP” a aquellas personas para quienes el inglés no es su lengua materna y que tienen una capacidad limitada para leerlo, hablarlo, escribirlo o entenderlo. Estos individuos podrían tener derecho a asistencia lingüística cuando se trate de servicios, subsidios, o reuniones.
 
2. ¿Puedo obtener los servicios de un intérprete?
Si el inglés no es su lengua materna y su capacidad para leerlo, hablarlo, o entenderlo es limitada, a usted se le considera como una persona con dominio limitado del inglés (LEP) y la Rama Judicial le podría proporcionar asistencia lingüística.
 
3. Si tengo que presentarme al tribunal, ¿cómo puedo solicitar los servicios de un intérprete?
Una vez se haya determinado que una persona con dominio limitado del inglés (LEP) que tenga alguna participación en algún proceso del tribunal necesita asistencia lingüística, los funcionarios del tribunal entregarán una petición por escrito a la oficina de Servicios de Intérpretes y Traductores de la Rama Judicial solicitando servicios de interpretación.
 
4. ¿Tengo que pagar los servicios de un intérprete jurídico?
No. La asistencia lingüística para individuos con dominio limitado del inglés (LEP) es gratuita.
 
5. ¿Me puede servir como intérprete un amigo o un miembro de mi familia?
No. Para poder interactuar con los asuntos relacionados con el tribunal, se precisan intérpretes sumamente cualificados y competentes. No sería apropiado utilizar parientes o amigos como intérpretes ya que estos individuos no son neutrales y podrían tener algún interés en el resultado final del caso y además no ha sido evaluado su dominio del idioma. Para poder garantizar el acceso equitativo y adecuado a los tribunales, es necesario obtener asistencia lingüística competente.

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6. ¿Es el idioma español el único idioma que está disponible?
No. La Rama Judicial facilita un acceso adecuado a los tribunales a través de un servicio de asistencia lingüística, sin importar el idioma que hable el individuo.
 
7. Yo no hablo inglés muy bien. ¿Dónde puedo recibir ayuda para llenar un formulario?
Usted puede recibir asistencia en los Centros de Servicios a los Tribunales (Court Service Centers) así como en las Mesas de Información al Público (Public Information Desks). Estos centros se encuentran ubicados en los tribunales de los Distritos Judiciales. La Rama Judicial cuenta con empleados en los Centros de Servicios y las Mesas de Información que han sido capacitados para asistir al público. Los Centros de Servicios a los Tribunales cuentan con personal bilingüe, o incluso con servicios de asistencia lingüística mediante vía telefónica para poder comunicarse con usted.
 
8. ¿Existen documentos disponibles en otros idiomas, a parte del inglés?
Actualmente existen algunos formularios, documentos, y material informativo en español. Estos están a su disposición en la página Web de la Rama Judicial del Estado de Connecticut en (https://www.jud.ct.gov/espanol.htm). La Rama Judicial está trabajando enérgicamente para aumentar la cantidad de material disponible.
 
9. ¿Con quién me puedo comunicar si soy un individuo con dominio limitado del inglés y tengo preguntas sobre mi caso?
Usted puede llamar a la instalación o a la oficina de la Rama Judicial encargada de su caso y consultar con los funcionarios sobre el mismo. Se le proporcionarán los servicios de interpretación mediante vía telefónica.
 
10. ¿Qué puedo hacer para que se me facilite un ajuste razonable si soy una persona discapacitada y tengo dominio limitado del inglés?
La Rama Judicial del Estado de Connecticut tiene el compromiso de asegurarse que los individuos discapacitados y con dominio limitado del inglés tengan un acceso pleno y adecuado al sistema judicial del estado de Connecticut. La solicitud de ajustes razonables para personas discapacitadas puede hacerse en cualquier momento en la secretaría de cualquiera de los tribunales, en el Centro de Servicios a los Tribunales, por teléfono, por correo electrónico, o en la Internet a través de la página de la Ley Para Americanos con Discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés) Americans with Disabilities Act (ADA) que puede encontrar en la página Web principal de la Rama Judicial en el enlace para Referencias de Conexión Rápida.

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